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12/04/2021

Denuncia las infracciones que ponen en peligro a los peatones

¿Estás harto de que los coches y las motos aparquen en la acera? ¿Te ha pasado que caminando un vehículo te ha puesto en peligro incumpliendo las normas? Si tienes fotos o vídeo de la infracción, ¡ya estás listo para denunciar!

Aquí tienes la guía definitiva, paso a paso, para denunciar estos hechos por internet de manera que se multe a los infractores.

Infracciones

Toda persona residente en España tiene el derecho de denunciar infracciones de tráfico. Se llama hacer una “denuncia a requerimiento”, en la cual una persona insta a la policía o al ayuntamiento a que emita un boletín de denuncia por una infracción de tráfico de la que ha sido testigo. Hace tiempo que en Madrid y en otras ciudades se utiliza este derecho contemplado por la legislación, acudiendo a una comisaría de la policía municipal, solicitándolo a un agente en la calle o por escrito ante su ayuntamiento. El Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico lo expresa muy claramente: “Cualquier persona podrá, al igual que los agentes, formular denuncias por hechos que puedan constituir infracciones a los preceptos del texto articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial o de sus Reglamentos”. 

La novedad en Madrid es esta: hemos descubierto cómo hacer denuncias a requerimiento por internet ante el Ayuntamiento de Madrid, sin tener que personarte en una unidad de la policía municipal.

¿Cómo se hace en Madrid una denuncia a requerimiento por internet?

Sigue estos pasos:

  1. Documenta con fotos o vídeo una infracción de tráfico, como por ejemplo motos aparcadas sin cumplir la normativa en la acera, coches que invaden la acera, etc. Es importante que en las fotos o vídeo se vea muy claramente la infracción, la matrícula del vehículo y si es posible, una referencia del lugar que facilite identificar la dirección exacta donde ocurrió (una foto del coche en la que se vea un edificio y parte de la calle, por ejemplo)
  2. Entra en el registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid para cursar una Instancia General Normalizada
  3. Elige Tramitar en Línea
  4. En la opción “Seleccione el trámite que desea realizar.” elige “Instancia general. Áreas de gobierno” y dale a “Continuar”
  5. En la siguiente pantalla te explica los pasos a seguir, en la parte de abajo haz click en “Tramitar en línea”.
  6. Ahora tienes que identificarte, tienes tres opciones: “Continúe con Cl@ve PIN”, “Continúe con DNIe / Certificado electrónico” o “Continúe con Usuario y contraseña” házlo con la que te sea más conveniente. Esto es indispensable pues certifica tu identidad con validez jurídica plena y suficiente, es lo que permite que presentes la denuncia a requerimiento por internet y no tengas que personarte en una una unidad de la policía municipal o en el ayuntamiento.
  7. Ya has entrado en el Registro electrónico para cursar una INSTANCIA GENERAL NORMALIZADA. Escoge la opción “Tramitar una nueva solicitud”, justo debajo selecciona “Persona o entidad interesada” y debajo haz click en “Continuar”.
  8. Ya estás en el formulario de la instancia. Rellena todos los campos de la sección “1. DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD INTERESADA”, ignora la sección “2. DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD REPRESENTANTE”, en la sección “. DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN” haz click en el botón “Copiar datos del interesado.”
  9. En la sección “4. EXPONE” has de redactar una descripción de los hechos que incluya la identificación del vehículo, una relación circunstanciada del hecho, con expresión del lugar, fecha y hora. Por ejemplo: “Que he sido testigo el miércoles 24 de marzo de 2021 a las 17:07 de una infracción de tráfico, al estar estacionado el vehículo matrícula 0000AAA marca Renault sobre la acera a la altura de la calle de los Callejones nº11 de Madrid. «
  10. En la sección “5. SOLICITA” has de explicar que este escrito es una denuncia a requerimiento para que la autoridad pertinente curse un boletín de denuncia, con un ejemplo similar a este: “Por lo que ruego que tomen nota de este escrito como denuncia a requerimiento de acuerdo al REAL DECRETO 320/1994 art. 4 al 10 y a la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica BOAM 11/03/2019 num. 8354 Artículo 38. 1. a), emitiendo el correspondiente boletín de denuncia y su consiguiente multa. Ruego me confirmen la tramitación del boletín de denuncia.»
  11. En la sección “6. DOCUMENTACION QUE APORTA” escribe un texto como este: “Adjunto a este escrito envío fotografías/vídeo acreditativas de dicha infracción”. En esta pantalla del formulario no se adjuntan los documentos, sino en el paso 13 de está guía.
  12. Justo debajo de la sección 6 hay un menú desplegable debajo del texto “Seleccione una Oficina de Registro (*)”. Elige “Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación. Multas Circulación Madrid”. Debajo, haz click en el botón “Continuar”
  13. Has llegado a la pantalla “Adjuntar documentación”. Debajo de la sección “INFORMACIÓN” está la sección “DOCUMENTACIÓN A APORTAR”, donde puedes escoger los archivos de las fotos o vídeos para adjuntar. Haz click en el botón “Choose file” y escoge un archivo de tu ordenador. Si quieres adjuntar más de un archivo, dale al botón con un círculo verde con el signo “+” en su interior. Cuando hayas adjuntado todos, dale a “Continuar”. Ojo, lee en el texto de esta pantalla los formatos de archivos de foto y vídeo que acepta el sistema (por ejemplo, no acepta video .mp4, para subirlo has de comprimirlo en formato .zip primero).
  14. Ya has terminado de cumplimentar la instancia y adjuntar las fotos/vídeo y acabas  de llegar a la pantalla llamada “03. Firma y registro de la solicitud”. Ahí vienen detallados los pasos para poder firmar y registrar tu escrito. Síguelos hasta el final. Estos pasos de firma y registro pueden ser un poco liosos si es tu primera vez. Si tienes dudas, llama al 010 y te ayudarán encantados.

Una vez que has terminado por completo, puedes comprobar si realmente tu instancia ha sido registrada yendo a “Consulta del Registro” dentro de “Mi Carpeta”.

¿Y ahora qué pasa?

Si todo es correcto, el Ayuntamiento tramitará tu denuncia a requerimiento y emitirá un boletín de multa al titular del vehículo. Tardará unos tres meses, y en el portal de datos abiertos podrás comprobar la multa, buscando por la calle donde se cometió la infracción y el día en que aconteció.

Cuando le llega la multa al denunciado puede hacer dos cosas:

  1. Pagar la multa ipso facto con un descuento por pronto pago del 50%. Esto es lo que pasa en el 95% de los casos, ya que la alternativa es iniciar un recurso cuyo proceso requiere tiempo y dinero.
  2. En el improbable caso de que el denunciado decida recurrir la denuncia, el Ayuntamiento te contactará preguntando si te ratificas y si puedes aportar pruebas. Si las fotos y/o vídeo que aportaste son correctas, respondes que sí te ratificas en la denuncia. Ahí lo único que puede hacer el denunciado es ir a juicio, altísimamente improbable puesto que hay pruebas claras de la infracción y si pierde ha de pagar costas. Pero incluso en ese caso tú no eres parte del juicio, no eres acusado ni defensa, ya que es un recurso contencioso administrativo entre el conductor y el Ayuntamiento y a ti como mucho te pueden pedir que acudas en calidad de testigo. 

El proceso de hacer denuncias a requerimiento por internet usando la Instancia General Normalizada se basa en la conexión entre los dos siguientes puntos:

  1. El derecho a hacer denuncias a requerimiento para infracciones de tráfico viene recogido en el REAL DECRETO 320/1994, art. 4 al 10, que en su artículo 7 dice “a) La denuncia podrá formularse verbalmente ante los agentes de vigilancia del tráfico más próximos al lugar del hecho, o por escrito dirigido a la Jefatura de Tráfico o a la Alcaldía del lugar de la infracción, según ostente una u otra la competencia para instruir el expediente.” Así, queda claro que la denuncia a requerimiento no solo se puede hacer en persona ante un agente, sino también por escrito ante la Alcaldía. 
  2. Desde  2010 el ayuntamiento de Madrid permite presentar a través del registro electrónico, con validez jurídica plena y suficiente en términos de identificación del ciudadano que lo utiliza, ”escritos, solicitudes y comunicaciones relativas a los trámites municipales de forma alternativa a la presentación en las Oficinas Municipales de Registro”. La normativa vigente al respecto es Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica BOAM 11/03/2019 num. 8354, que es su  “Artículo 38. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones”, expresa: “Los documentos que las personas interesadas dirijan a los órganos del Ayuntamiento de Madrid … podrán presentarse en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Madrid …” 

Este texto se basa en el recientemente publicado por Pedalibre: https://pedalibre.org/2021/04/08/como-hacer-una-denuncia-a-requerimiento-por-internet-sobre-infracciones-de-trafico-en-madrid/

4 Comments on “Denuncia las infracciones que ponen en peligro a los peatones

Markinho
05/05/2021 at 8:41 pm

Buenas,
¿alguien ha tenido resultados con este método, o es demasiado pronto todavía?

Responder
Asociacion A Pie
15/06/2021 at 7:13 am

Sí, el método funciona, se han cursado varias denuncias. Desde finales de mayo de 2021 comenzamos a recibir el mensaje de que la salvaguarda de los datos personales impide iniciarse el procedimiento, pero hemos corregido el texto sugerido para que no haya problema y estamos estudiando esta cuestión con abogados.
Un saludo

Responder
MMCK
30/05/2021 at 7:45 am

Buenos días.

En respuesta a las denuncias por usted presentadas con nº de anotación 2021/0473499 y sucesivas, le informamos que no va a ser posible su tramitación al no cumplir éstas la totalidad de los requisitos recogidos en el artículo 87 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre y en los artículos 5 y 7 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto 320/1994 de 21 de abril.

Esta normativa establece que en las denuncias por hechos de circulación debe constar:

La identificación del vehículo con el que se ha cometido la presunta infracción.
La identidad del denunciado si se conoce.
Una descripción del hecho, lugar o tramo, fecha y hora.
Nombre, apellidos y domicilio del denunciante.

La persona denunciada tiene derecho a acceder a esta denuncia por lo que si usted, el denunciante, condiciona la misma a la salvaguarda de sus datos personales no puede iniciarse el procedimiento sancionador.

Responder
Asociacion A Pie
15/06/2021 at 7:10 am

Hola
Efectivamente, el texto de tu comentario refleja lo que varios denunciantes han estado recibiendo por mail desde el 31/05/2021, siendo una respuesta del Ayuntamiento indicando que con el texto de salvaguarda de protección de datos personales NO cursarán la denuncia. Se está estudiando con abogados, pero entre tanto, para asegurar que tu denuncia sea cursada con éxito, hemos actualizado el punto 10. Ahora, para la sección SOLICITA hay que prescindir del texto que sugerimos inicialmente, y que copiamos aquí como referencia (en el post se ha dejado sólo la parte correcta):
OTROSÍ DIGO, que en aplicación de la doctrina contenida en el informe de la Agencia Española de Protección de Datos de referencia 0342/2012, con cita de la Sentencia del Tribunal Supremo, de 26 de enero de 2011, casación 302/2010, este denunciante condiciona la tramitación de la presente denuncia a que se garantice la salvaguarda absoluta, total y permanente de todos sus datos personales, quedando así preservada su identidad del conocimiento de la persona denunciada o de sus representantes, por ser materia que no incide en modo alguno en el derecho de defensa del denunciado. SOLICITO que se provea conforme a lo expresado

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